Ley N.°467 de 2025 y el Decreto Ejecutivo N.°25: La nueva etapa de la Justicia Comunitaria de Paz en Panamá
El Ministerio de Gobierno informó que a la medianoche del 31 de diciembre la justicia comunitaria de paz, dejará de funcionar bajo la jurisdicción de los municipios.
La Ley N.°467 del 24 de abril de 2025 marca un nuevo momento para la Justicia Comunitaria de Paz en Panamá, instituye la Justicia Comunitaria y atribuye al Ministerio de Gobierno, la organización y funcionamiento de la jurisdicción especial de justicia comunitaria de paz, de manera progresiva a nivel nacional.
Esta norma subroga la Ley 16 de 2016, que instituyó originalmente este sistema, y busca corregir deficiencias detectadas tras varios años de aplicación práctica, posteriormente, el Decreto Ejecutivo N.°25 de 29 de julio de 2025 viene a desarrollar y reglamentar aspectos clave de la ley, permitiendo su aplicación efectiva, ley y decreto deben entenderse de forma conjunta.
¿Cuándo entró en vigencia este nuevo marco?
La Ley 467 fue promulgada el 24 de abril de 2025.
El Decreto Ejecutivo N.°25, emitido el 29 de julio de 2025, complementa su entrada en vigencia al establecer reglas operativas, procedimientos y lineamientos necesarios para su ejecución.
Sin el decreto, la ley quedaba incompleta en su aplicación práctica.
¿Qué es la Justicia Comunitaria de Paz?
Es un sistema alternativo de resolución de conflictos cotidianos, pensado para atender situaciones comunes dentro de las comunidades, de forma rápida, cercana y accesible, evitando que asuntos menores lleguen innecesariamente a los tribunales ordinarios.
Su eje central es:
- La convivencia pacífica
- El diálogo
- La conciliación
- La solución práctica de conflictos
- Comparación con la Ley 16 de 2016.
La Ley 16 de 2016 sentó las bases del sistema, pero con el tiempo evidenció problemas de aplicación.
- Creó el modelo de justicia comunitaria
- Funciones amplias y, en algunos casos, poco delimitadas
- Falta de uniformidad en criterios
- Debilidades en la ejecución de decisiones
- Vacíos procedimentales
Ley 467 de 2025 + Decreto 25
- Subroga y reorganiza el sistema
- Delimita con mayor precisión las competencias
- Refuerza el rol del juez de paz
- Establece procedimientos más claros
- Introduce reglas de funcionamiento y control
- No se elimina el sistema anterior: se corrige y se ordena.
Beneficios del nuevo marco legal
Entre los puntos más relevantes destacan:
- Mayor seguridad jurídica para las partes
- Definición más clara de las funciones de jueces y mediadores de paz
- Procedimientos mejor estructurados gracias al decreto reglamentario
- Refuerzo del carácter preventivo y conciliador
- Intención de uniformar criterios a nivel nacional
El Decreto 25 resulta clave para que estos beneficios no queden solo en el papel.
Falencias y limitaciones
- A pesar de los ajustes, persisten desafíos importantes:
- La efectividad del sistema depende de la formación y capacitación continua de jueces de paz
- Existen limitaciones de recursos en muchas comunidades
- No todos los conflictos encuentran una solución adecuada en esta vía
- La percepción ciudadana sobre el alcance real del sistema sigue siendo desigual
- La ley y el decreto mejoran el marco normativo, pero no sustituyen una correcta implementación institucional.
Una justicia cercana que exige claridad
La Ley 467 y el Decreto Ejecutivo N.°25 representan un esfuerzo por fortalecer la justicia comunitaria. Sin embargo, conocer sus límites es tan importante como conocer sus beneficios, saber cuándo acudir a la Justicia Comunitaria de Paz y cuándo no, evita frustraciones y permite una mejor gestión de los conflictos.